Category Archives: Certificados médicos

En Crevasa continuamos con las citas previas para el carnet de conducir

Teniendo en cuenta que la prórroga para las licencias de conducir vencidas durante el estado de alarma terminó en el mes de agosto, en Crevasa continuamos ofreciendo cita previa para el carnet de conducir a través de nuestra plataforma online.

Es importante que antes de rellenar la solicitud tenga en cuenta las fechas que tenemos disponibles y los horarios de atención, además de la entrega de toda la documentación necesaria para presentar su solicitud. Continue reading En Crevasa continuamos con las citas previas para el carnet de conducir

¿Cuáles son los periodos de renovación de los carnets de conducir? En Crevasa se lo contamos

La renovación del carnet de conducir es uno de los trámites que se pueden olvidar con mayor facilidad teniendo en cuenta que los periodos de vencimiento son largos. En esta entrada a nuestro blog queremos hablar del tiempo que usted tiene para hacer la modificación del mismo, teniendo en cuenta el Reglamento General de Conductores de España.

Es importante que sepa que los carnets que están dentro de la categoría AM, A1, A2, A, B, B1 y BE tendrán validez de 10 años.  En cambio, las categorías referentes a los carnets C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E tendrán una validez de 5 años.

En Crevasa hacemos la renovación de su carnet de conducir rápido y sin ninguna espera. ¡Pida su cita a través de nuestra web!

¿Cuál es el plazo para renovar los carnets de conducir que hayan caducado?

Si necesita renovar su carnet de conducir, no lo deje pasar para último momento. Según lo indicado por la Dirección General de tráfico (DGT), usted podrá renovar su licencia con tres meses de anterioridad a la fecha de caducidad del documento. En el caso de que su carnet ya se haya vencido, usted podrá solicitar la renovación en cualquier momento pues la ley no indica ningún plazo máximo para dicha tramitación.

Conducir con la licencia caducada le puede suponer una multa de 200 euros dependiendo de cada caso.

¿Qué pasa si usted tiene más de 65 años?

A partir de los 65 años el plazo para renovar la licencia de conducir cambia de 10 a 5 años y las categorías de 5 pasan a un periodo de 3 años.

¿Qué requisitos necesita presentar?

Para renovar su carnet de conducir usted tiene dos opciones: hacerlo a través de las oficinas de la Dirección General de Tráfico (DGT) o a través de nuestro Centro de manera rápida y sin espera.

En el caso de que quiera hacerlo a través de la Jefatura de Tráfico deberá presentar DNI, Pasaporte o NIE, informe de aptitud psicofísica, una foto actualizada y la solicitud de prórroga debidamente complementada.

En el caso de que quiera hacerlo a través de nuestro Centro, solicite su cita previa de manera online rellenando nuestro formulario o llamando al teléfono +34 963 41 78 77. Para obtener un certificado psicotécnico es necesario presentar el DNI, NIE o pasaporte en vigor y el carnet de conducir caducado.  ¡Le esperamos!

¿Cómo obtener el permiso de armas para tiro deportivo?

En la actualidad existen muchos permisos de armas que varían de acuerdo a los motivos de la solicitud y el reglamento que existe en España. Si quiere obtener una licencia para el uso de armas de tiro deportivo en Valencia, en esta entrada a nuestro blog queremos guiarle sobre los pasos y los requerimientos que debe conocer para hacer su solicitud.

 

La licencia F de tiro deportivo permite tener legalmente un determinado
número de armas consideradas de concurso teniendo en cuenta la
categoría del tirador.

¿Cómo obtener el permiso de armas F de tiro deportivo?

Según la información general de la Guardia Civil, todos los españoles o extranjeros que residan en el país y que estén habilitados para realizar cualquier modalidad deportiva que requiera el uso de armas para su práctica podrán solicitar el permiso de armas F, cumpliendo con los requisitos exigidos.


Existen tres clases de permisos que se establecen de acuerdo a la categoría del tirador:

  • 1ª clase: permiso para obtener hasta un máximo de 10 armas de concurso
  • 2ª clase: permiso para obtener hasta un máximo de 6 armas de concurso
  • 3ª clase: permiso para obtener un arma corta o un arma larga de concurso (excluyendo las pistolas libres)

Con este tipo de licencia solo se podrán portar y utilizar las armas en polígonos, campos y galerías autorizadas para la práctica de deportes de tiro. Igualmente, es obligatorio que este tipo de armas estén guardadas en los locales de las federaciones autorizadas por la Guardia Civil, o, por el contrario, el titular deberá almacenarlas en cajas fuertes especiales ubicadas en su domicilio, que cumplan con las medidas de seguridad exigidas.

Para llevar a cabo la solicitud del permiso de armas F es necesario presentar la siguiente documentación en las intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil:

  1. Certificado de la Federación de Tiro Olímpico
  2. Fotocopia del DNI
  3. Fotocopia de la licencia federativa
  4. Certificado de antecedentes penales
  5. Certificados de antecedentes sobre violencia de género
  6. Declaración jurada
  7. Justificante del pago de las tasas correspondientes
  8. Certificado de aptitudes psicofísicas

Solicite su prueba médica en Crevasa:

En Crevasa realizamos la evaluación médico psicológica para descartar situaciones de riesgo exigida por las autoridades para solicitar o renovar el permiso de armas para uso deportivo.
Pida su cita previa a través de nuestro formulario o también llamando al teléfono 96 341 78 77. ¡Le esperamos!

¿Cómo sacar su licencia de conducir si es extranjero?

La licencia de conducir es uno de los documentos que debe tener cualquier persona que resida en España y quiera manejar un coche. Existen diferentes modalidades teniendo en cuenta el país de origen del extranjero y el tiempo que va a estar en España. En esta entrada a nuestro blog queremos explicarle cuáles son los pasos que debe seguir para sacar su carnet de conducir.

 

En el caso de tener la licencia de un país que tenga Convenio bilateral con
España, usted podrá hacer el canje de la misma de manera fácil y rápida.

Cuáles son los pasos para sacar su licencia de conducir:

Si se encuentra en España como turista y es mayor de 23 años, deberá tener la licencia de conducir de su país de origen en vigor, por un periodo no menor a dos años de la fecha de emisión.

En el caso de que tenga residencia permanente, usted podrá solicitar su permiso de conducir internacional en su país vía Internet o, por lo contrario, podrá tramitar el permiso de conducir español teniendo en cuenta los requisitos que exige la Dirección General de tráfico (DGT).

 

Para solicitar su permiso de conducir necesita:

  • Residencia en España.
  • Tener las aptitudes psicofísicas en relación a la licencia que va a solicitar. Para solicitar estos exámenes póngase en contacto con nosotros ya que somos uno de los centros homologados por el Ministerio del Interior y la Dirección General de tráfico (DGT) para llevar a cabo la renovación del carnet de conducir en Valencia.
  • Ser declarado apto para conducir por parte de la Jefatura provincial o local.
  • No tener antecedentes penales o prohibición de manejo.

Si viene de un país que tenga un convenio bilateral con España, podrá canjear su licencia de conducir de manera más rápida. Para ello necesita cumplir con los requerimientos administrativos que solicita el DGT. Recuerde que es necesario que tenga la licencia original de su país de origen para llevar a cabo el trámite.

 

El canje consiste en la homologación del permiso de conducir de su país de
origen por uno equivalente al permiso español. Para tener más información
visite la página de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Países con convenio bilateral con España:

Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Macedonia, Marruecos, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Si necesita más información póngase en contacto con nosotros y le guiaremos sobre cómo hacer la solicitud de su trámite al igual que sus exámenes. Nuestro teléfono es 96 341 78 77. También puede enviar un email a crevasa@crevasa-valencia.com.

¡Este virus lo paramos unidos! Crevasa reabre sus puertas

Después de la desescalada del Coronavirus y la autorización por parte del Gobierno para retomar actividades laborales, en Crevasa abrimos nuestro centro desde el 11 de mayo con el horario habitual, lunes a viernes de 8:00 a 20:00; sábados de 9:00 a 13:00 y en agosto estaremos de lunes a viernes de 8:00 a 14:00. Es importante pedir cita previa rellenando el formulario de nuestra página web para ser atendido por nuestros profesionales.

Somos uno de los centros homologados por el Ministerio de Interior y la Dirección General tráfico de (DGT) para llevar a cabo la renovación del carnet de conducir en Valencia.

Conozca todos nuestros servicios de certificados médicos:

  • Permisos de conducir: En Crevasa le ofrecemos los mejores servicios para llevar a cabo la renovación de su licencia de conducción. Nuestro Centro es uno de los colaboradores oficiales de la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia. Realizamos los exámenes médicos exigidos para este tipo de trámites al igual que solicitamos la renovación de su carnet de conducir.
  • Licencia de armas: Para tener la licencia de armas es importante contar con las condiciones físicas y psíquicas que exige este tipo de permiso. En Crevasa realizamos todas las pruebas y las exploraciones médicas.
  • Seguridad privada: Para las personas que se vayan a desempeñar como vigilantes de seguridad o guardas particulares, deberán presentar la evaluación médico-psicológica que realizamos en nuestro centro, para obtener la habilitación correspondiente a esta profesión.
  • En el caso de que necesite los certificados médicos para los permisos de pirotecnia, embarcaciones de recreo, carnet de gruista, entre otros, póngase en contacto con nosotros para brindarte la información necesaria a la solicitud. En nuestra página web podrá conocer más sobre nuestras especialidades y nuestros profesionales.

Nuestro servicio ¡Avísame!:

Si quiere estar actualizado con toda la información sobre la renovación de sus licencias, a través de nuestro servicio Avísame podrá estar al día con la información. Lo único que debe hacer es darse de alta a través del formulario que tenemos en nuestra página web. Para hacerlo necesitamos sus datos personales, la dirección de correo electrónico, el número de teléfono móvil y la fecha de aviso para el trámite.
Nosotros nos encargaremos de enviarle el recordatorio con la documentación que debe presentar el día de su cita.

Si necesita tener más información sobre nuestros servicios y las nuevas medidas de higiene que se deben tener, póngase en contacto con nosotros a través de la página web o llámenos al teléfono 96 341 78 77. También puede enviarnos un email a crevasa@crevasa-valencia.com. ¡Lo esperamos!

Se prorrogan las licencias de armas vencidas en el estado de alarma

Debido a la situación generada a partir de la declaración del estado de alarma por la pandemia del COVID-19, en España, las personas que tengan licencias de armas cuya vigencia se dé durante este tiempo, quedarán prorrogadas por un periodo de seis meses desde la fecha de expiración.

Según un informe de la Guardia Civil, la prórroga se otorga para las licencias tipo B que incluye armas y revólveres; tipo D que son las armas largas para caza mayor; tipo E que son las armas para tiro deportivo y escopetas; y tipo F que son las armas para uso en polígonos y galerías de tiro.

Clasificación de las armas según su tipo:

El Ministerio del interior, por medio de un boletín publicado el pasado 2 de abril, contempla las prórrogas y los permisos en materia de licencias de armas durante el estado de alarma. Esta misma medida queda establecida para los visados referidos en el artículo 104.2 del Reglamento de Armas y también a los informes de los exámenes psicofísicos contemplados en el artículo 98 de dicho reglamento.

Este tipo de prórroga afecta a más de 100 mil licencias y el control de más de 200 mil armas de fuego por parte de la Guardia civil.

La clasificación de las armas según el tipo es la siguiente:

  • Licencias de armas B: Este tipo de licencia ampara armas de la 1ra categoría entendidas como pistolas y revólveres, y solo podrá ser expedida a las personas mayores de edad con nacionalidad española o a los extranjeros que tengan residencia. La vigencia tiene un periodo de 3 años.
  • Licencias de armas C: Este tipo de licencia se entrega solamente a personal que trabaja en seguridad privada y guardería.
  • Licencias de armas D: La licencia D permite tener hasta 5 armas de fuego de la categoría 2ª. 2: Armas de fuego largas rayadas (para conocer más información sobre las categorías ingrese: https://www.guardiacivil.es/web/web/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/clasifica_armas/index.html)
  • Licencias de armas E: Esta licencia contempla armas de tiro deportivo y escopetas de caza y solo la pueden obtener aquellas personas mayores de edad que tengan nacionalidad española o residencia de España y que cumplan con las pruebas de capacitación exigidas por las autoridades.
  • Licencias de armas F: Esta licencia se otorga para el uso en polígonos, galerías de tiro, campos etc. por tal razón el tirador puede tener autorización de poseer hasta 10 armas de concurso, según la categoría determinada.

Tenga en cuenta que todas las personas físicas y jurídicas que tengan en posesión personal un arma de fuego con la licencia correspondiente deberán entregar un certificado de actitudes psicofísicas exigido por las autoridades. Si necesita más información sobre los exámenes no dude en ponerse en contacto con nosotros. En Crevasa somos especialistas en sacar sus certificados médicos en Valencia para obtener o renovar su licencia de uso de armas. Llámenos al teléfono 96 341 78 77.

Se prorrogan los permisos de conducir vencidos en el estado de alarma

El Ministerio del Interior ha determinado una orden de prórroga para todos los permisos de conducir que su fecha de caducidad sea durante el estado de alarma. Según un boletín publicado por el BOE (Boletín oficial del Estado) establece que:

“Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”. (BOE)

Teniendo en cuenta la consideración anterior, durante el estado de alarma no se pueden sancionar a los conductores que tengan el permiso vencido. En el caso de que el vencimiento se haya dado con anterioridad (2 meses) la multa se puede gestionar con normalidad que corresponde a 200 euros sin pérdida de puntos.

Permisos de conducción extranjeros

En cuanto a los permisos de conducir de las personas extranjeras, la resolución establece que durante el estado de alarma queda paralizado el vencimiento de los 6 meses autorizados para usar la licencia extranjera antes de obtener la española.

 

¿Cuándo se puede desplazar en coche?

Teniendo en cuenta las restricciones establecidas, solo se puede usar el coche en el caso de necesitar alimentos, farmacéuticos y productos de primera necesidad; asistir a servicios sanitarios; entidades bancarias; acudir a lugar de trabajo, etc.  Estos traslados se deben justificar teniendo en cuenta los casos citados anteriormente.

Es importante saber que los desplazamientos se deben hacer de manera individual y en el caso de que más personas se encuentren en el vehículo, es necesario justificar su movilización ante las autoridades competentes.

Para los vehículos de transporte público, se establece que debe ir un ocupante por fila manteniendo siempre la mayor distancia posible entre las personas que allí se encuentren.

 

¿Cuáles son los vehículos que no entran dentro de esta resolución?

  • Los vehículos destinados a la distribución de alimentos.
  • Los vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario
  • El transporte de mercancías perecederas (frutas, verduras frescas y otros), siempre que la mercancía perecedera suponga al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupe la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
  • Los vehículos destinados a transporte de combustibles.
  • Los vehículos de auxilio en carretera.
  • Los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.
  • Los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos.
  • El transporte de materiales fundentes.
  • Los vehículos de transporte de ganado vivo.
  • Los vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
  • Los vehículos de las autoridades policiales y de emergencia.

*Para obtener más información sobre esta resolución ingrese a la página https://bit.ly/2KDZjtR

¿Cómo recuperar los puntos del carnet de conducir?

En el año 2006 la Dirección General de Tráfico (DGT) puso en marcha el carnet de conducir por puntos con el objetivo de reducir las infracciones o las faltas graves que cometían ciertos conductores en las vías, y concienciar a los ciudadanos sobre la importancia de seguir las normas establecidas.

Actualmente, todos los conductores disponen de un carnet inicial con 12 puntos exceptuando aquellos con menos de 3 años de experiencia, a quienes se les otorgan 8 puntos. Estos puntos se pueden acumular o se pueden perder dependiendo del comportamiento de cada conductor en las vías. Por ejemplo, si durante 3 años no ha cometido ninguna falta, obtiene 2 puntos en su carnet y si transcurren 3 años más la cifra llegará a 15.  Por lo contrario, si comete infracciones puede suponer la pérdida de puntos que van desde los 2 hasta los 6 puntos, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Si va a sacar su carnet de conducir por primera vez, en Crevasa sacamos sus exámenes médicos. ¡Póngase en contacto con nosotros!

¿Cómo recuperar los puntos perdidos?

De acuerdo con la DGT, usted podrá recuperar los puntos del carnet de conducir realizando un curso de sensibilización y reducción vial, o cumpliendo con un periodo de 2 años sin cometer ninguna infracción.

Si opta por realizar el curso de sensibilización y reducción vial que dura 12 horas, es posible que pueda recuperar hasta 6 puntos. Para aquellos conductores interesados, el curso se puede realizar cada año. Los temas son: Accidentes de tráfico, la velocidad, la conducción preventiva, actuación en accidentes, seguridad activa y pasiva, el cumplimiento de las normas, entre otros.

En el caso de llevar 2 años sin ninguna sanción tiene la posibilidad de recuperar todos los puntos del carnet (12). Si por alguna razón la pérdida de puntos fue ocasionada por una acción muy grave, debe esperar 3 años sin cometer ninguna infracción para recuperarlos.

Para aquellos que han perdido el carnet de conducir, pueden realizar el curso de sensibilización con duración de 24 horas o presentar una prueba teórica en la Jefatura Provincial de tráfico de su ciudad.

Consulte sus puntos:

Para consultar sus puntos debe ingresar a la página de la DGT. Es importante que esté dado de alta en el sistema y que tenga el permiso vigente para lograr la consulta.

Todo lo que debe saber del PER: Patrón de embarcaciones de recreo

Si está pensando en comprar una embarcación de recreo para navegar con familia y amigos, debe tener en cuenta que hay diferentes titulaciones que le permiten la maniobra de estos vehículos de transporte. En Crevasa queremos informarle sobre los requisitos que debe cumplir para obtener la titulación del PER (Patrón de embarcaciones de recreo).

Antes, déjenos hacerle una breve descripción de las titulaciones a las que se puede acreditar en función del tamaño de la embarcación y la distancia de la costa donde pretende navegar.

La Licencia de Navegación es el permiso más básico que le permite hacer salidas hasta de 2 millas del puerto de partida.  El PNB, Patrón de Navegación Básica, le permite salir en embarcaciones de hasta 8 metros de eslora con salidas de 5 millas y el PER, Patrón de Embarcaciones de Recreo, se lo explicaremos a continuación:

¿Cuáles son las atribuciones del PER?

La titulación PER (Patrón de embarcaciones de recreo), permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor que tengan hasta 15 metros de eslora (la eslora es la longitud que tiene una embarcación desde la proa hasta la popa) dentro de una zona comprendida entre la costa y una línea paralela trazada a 12 millas que hace 22,2 kilómetros aproximadamente.

Para sacar el PER, tenga en cuenta que la formación es 100% teórico- práctica. Esto permitirá que el alumno se afiance mucho más con los conceptos que se explican en las clases.

¿Cuáles son los requisitos para sacar el PER?

  • Tener más de 18 años.
  • Realizar el curso teórico que exige la titulación y aprobar el examen de 45 preguntas.
  • Completar las horas de prácticas exigidas. Navegación y seguridad :16 h; radio operador de corto alcance 12h.
  • Completar las prácticas de navegación en Vela.
  • Realizar la práctica de navegación de 24h.
  • Aportar el certificado médico náutico que sacamos en Crevasa.

¿Cuál es el temario?

  • Nomenclatura náutica
  • Amarre y fondeo
  • Medidas de seguridad en la mar
  • Normas y legislación
  • Maniobras
  • Meteorología
  • Emergencias
  • Teoría y carta de navegación

¿Qué necesita para obtener el certificado médico?

Para sacar el PER necesita presentar un certificado médico según la normativa vigente. Pida su cita en nuestra página web y estaremos a su disposición para brindarle la información necesaria sobre el trámite.


¡Para realizarse sus certificados médicos solo es necesario pedir cita previa y presentar el DNI en el momento de la consulta!